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TEMA: Reclamación a moroso desaparecido. Procedimiento

 
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Alvaro082
Vecino
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Registrado: 23-05-2008
Mensajes: 21

MensajePublicado: 11-07-2012 09:54    Asunto: Reclamación a moroso desaparecido. Procedimiento Responder citando

Tenemos un problema en nuestra comunidad, y es que un moroso esta desaparecido, no vive en el piso de la comunidad y nadie sabe nada.

Para poder cobrar entiendo que lo vamos a tener difícil, pero podemos iniciar el procedimiento judicial para poder intentar embargar el piso, o por lo menos anotar el embargo en el registro de la propiedad.

Como no coge las cartas ni nada, ¿podemos poner en el tablón de anuncios de la comunidad dicho aviso, con los datos del moroso y la cantidad adeudada? me preocupa bastante el tema de la protección de datos, y no se cual es el contenido que tendríamos que poner en el tablón de anuncios. ¿como podemos proceder?

gracias
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Sotavento
Vecino
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Registrado: 12-02-2010
Mensajes: 92
Ubicación: Algorta

MensajePublicado: 11-07-2012 11:47    Asunto: Re: Reclamación a moroso desaparecido. Procedimiento Responder citando

Estimado Alvaro:
Creo que la finalidad es cobrar lo adeudado procediendo de una manera cauta y legal. Por eso mismo hay documentación necesaria para cada individuo cuando adquiere una propiedad o convive con los demás y que es necesaria sin anteponer una Protección de Datos. A la que se debe de proteger es a la propia Comunidad de Propietarios.
A mí me sucedió que anualmente rotamos los cargos y le pedí el nº de DNI a un vecino y no me lo dió, pero con total desparpajo me lo negó. Tuve que fastidiarme e ir al Registro de la Propiedad donde me dieron noticias hasta del préstamo, la entidad, el DNI, nombre de la esposa, etc., etc., etc. Y cuando me lo encontré por la escalera, le dije que el pago de la hipoteca no sea obstáculo para que pagase asiduamente la cuota y la derrama, como lo requiere nuestros estatutos y acuerdos...
No pasó mucho tiempo en pedirme perdón o de una manera sutil darme la razón... Con tu Página Web: http://www.adfilitas.com/ sabrás de sobra qué terreno puedes pisar.
Un abrazo desde Algorta.

Alvaro082 escribió:
Tenemos un problema en nuestra comunidad, y es que un moroso esta desaparecido, no vive en el piso de la comunidad y nadie sabe nada.

Para poder cobrar entiendo que lo vamos a tener difícil, pero podemos iniciar el procedimiento judicial para poder intentar embargar el piso, o por lo menos anotar el embargo en el registro de la propiedad.

Como no coge las cartas ni nada, ¿podemos poner en el tablón de anuncios de la comunidad dicho aviso, con los datos del moroso y la cantidad adeudada? me preocupa bastante el tema de la protección de datos, y no se cual es el contenido que tendríamos que poner en el tablón de anuncios. ¿como podemos proceder?

gracias

_________________
Manuel Aresti
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alaell
Propietario
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Registrado: 29-12-2004
Mensajes: 598

MensajePublicado: 11-07-2012 12:02    Asunto: Responder citando

Sancionan con 1200 euros a una vecindad por colgar lista de morosos

La Agencia Española de Protección de Datos argumenta que la comunidad de propietarios incumplió su deber de secreto.
Si ser presidente de una comunidad de vecinos era algo poco goloso, probablemente a los vecinos de esta comunidad de El Ejido les queden menos ganas aún de postularse para el cargo.
La Agencia Española de Protección de Datos ha sancionado con 1.200 euros de multa a una comunidad de propietarios ejidense por exponer los datos de un vecino, asociados a su condición de deudor en los espacios comunes del edificio y también en el garaje. La resolución del organismo estatal supone una falta leve de la normativa estatal de protección de datos por una infracción del artículo 10 del texto legal, que asegura que quienes traten datos de carácter personal están obligados al secreto profesional respecto de los mismos y al deber de guardarlos.
La denuncia, presentada por un vecino agraviado, expone que ha observado sus datos en una hoja en un tablón de anuncios pero que también la ha encontrado en los ascensores del edificio. En dicha hoja, según una fotografía aportada por la denunciante, se señala que los propietarios que tienen recibos pendientes de pago no podrán ejercer el voto y que son los que se adjuntan en la parte trasera de la hoja, figurando entre otros el nombre y apellidos del denunciante, titular de un garaje en el inmueble.
No habría pasado nada si no es porque la Ley de Propiedad Horizontal previene de unos pasos establecidos que la comunidad se habría saltado a la hora de publicar la lista de morosos. Según indica la Agencia en su resolución, dicha normativa de propiedad permite la difusión en tablones de anuncios de las comunidades de propietarios de datos asociados a deudas pendientes sólo en dos casos concretos: si se ha intentado una citación o notificación al propietario para su conocimiento y fuese imposible practicarla y en las convocatorias de Juntas de propietarios, que también deben de contener la lista de deudores pero mediante una comunicación de idénticas características que la anterior: primero directa y, en segunda instancia, en el tablón. Es importante insistir en que este último método es subsidiario. Su utilización debe justificarse. No es admisible acudir a dicho método con carácter general, remarca la resolución.
La publicación en tablones de la deuda del denunciante no se haya en alguno de los supuestos que permiten dicha exposición, puesto que no consta notificación acreditada al domicilio del titular de la deuda impagada y tampoco consta su intento infructuoso. En los hechos probados, la Agencia de Protección de Datos remarca que el anuncio de la convocatoria de la Junta de Copropietarios se colocó por el propio presidente, según se reconoce en un acta de la comunidad, tanto en el espacio del garaje como en el común del edificio. Sin embargo, no queda acreditado el cumplimiento del requisito de notificación del acta. Además, el denunciante manifiesta a la Agencia de Protección de datos que acudió hasta en dos ocasiones al despacho de la entidad que actúa de administradora de la comunidad a exponer la cuestión pero que le hizo caso omiso, así como que en la reunión de propietarios pidió que constara en acta la cuestión como queja a la actuación producida.
La sanción impuesta a la comunidad de propietarios ejidense no es la única de este tipo que se da en España. Otras comunidades de propietarios de España (por ejemplo en Valladolid, Madrid o La Felguera, en Asturias se ha sancionado por no efectuar las comunicaciones sobre deudas a las comunidades de vecinos siguiendo estrictamente la fórmula de notificaciones que marca la Ley de Propiedad Horizontal). La exposición de la lista de morosos sólo es posible, por lo tanto, en un tablón de anuncios y de modo subsidiario siempre y cuando la comunicación directa haya sido imposible y quede constancia de ello. Al menos si no se quiere correr el riesgo de que la comunidad se rasque el bolsillo.

Enviado por editor el Domingo, 22 de Abril de 2012 (8:09:25) (237 Lecturas)
( | ¿Comentarios? | )


solo para vuestra información.....yo no lo he publicado....ir a página de inicio de este mismo foro y ratoncito hacia abajo........repito, sólo para información.......leyendo la penúltima frase, "La exposición de la lista.....etc etc".....ahí está la solución, no es tan complicado de hacer y evita problemas....
salu2
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Sotavento
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Registrado: 12-02-2010
Mensajes: 92
Ubicación: Algorta

MensajePublicado: 11-07-2012 12:28    Asunto: Responder citando

Querida Alaell:
Totalmente de acuerdo contigo y estas cosas no pasaban antes, hace unos años. Había diálogo y se hablaba mucho entre vecinos y las normas de convivencia las hacían el día a día y el razonamiento y la amistad.
Desde que se puso de moda la administración de Fincas, a nada que sucede se pone el grito en el cielo y enseguida echamos mano de la denuncia, el papeleo, la interpretación, etc.
A mí me sucedió hace un año y medio. El banco tenía dada la orden de pagar las cuotas comunitarias y no lo hizo, además de no informarme el Administrador, tampoco me dijo nada el Banco (BBK) donde también tiene cuenta la Comunidad de Propietarios.
Pues asistí a la Junta creyendo que estaba al día y en unas votaciones, me dice el listillo de turno, que además asumía la co-presidencia que yo no tenía pagada la cuota por lo que no tenía voto.
¡Qué flash!
Esto me sucedió en la reunión, de 20 a 22 horas. A la mañana siguiente estaba solucionado todo en el Banco a las 09:30 horas, llego a casa y me encuentro la carta del acta del día anterior. ¡Qué rapidez!
Por cierto le mando un e-mail al sinsorgo este que además lleva años sin vivir acá en su piso heredado, y ni contesta porque es un mal educado. También se permitió el lujo de decirme que "ya me conocía desde crío"... ¿? Llegados a este punto no sé si el moderador de este Foro me dejará usar o escribir la palabra gilipollas por sinsorgo...
Fotocopié y escaneé el acta porque batió records.
Por cierto, si no hay follones y la gente se lleva bien, ya vendrá alguien a difamar, distorsionar, engañar, robar, etc. Hay un dicho que dice que a río revuelto ganancia de pescadores.
Aquí ha amanecido lloviendo... Un abrazo.

[quote="alaell"]Sancionan con 1200 euros a una vecindad por colgar lista de morosos
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Manuel Aresti
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scorpyo
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Registrado: 09-07-2009
Mensajes: 207

MensajePublicado: 11-07-2012 12:59    Asunto: Responder citando

El procedimiento que has de seguir, primero es hacer una junta para proceder a la reclamación, en este post http://www.comunidadvecinos.com/modules.php?name=Forums&file=viewtopic&p=81952#81952 tienes más o menos un caso parecido al tuyo, y los procedimientos para poder colgarlo en el tablón de anuncios.
un saludo
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respeta a los demás, para que ellos te respeten a ti
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Alvaro082
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Mensajes: 21

MensajePublicado: 11-07-2012 16:03    Asunto: Responder citando

antes de nada, gracias por vuestros comentarios.

el procedimiento en la ley esta claro, pero en la practica creo que no tanto.

Si no es posible la previa notificación/requerimiento al moroso por el motivo que sea (no recoge las cartas, nadie vive en el piso sin saber nadie nada sobre el moroso, no haber domicilio a efectos de notificaciones, etc..) es entonces cuando se procede a usar el tablón de anuncios, que surte plenos efectos de comunicación efectiva de la deuda. Hasta ahí todo correcto.

Pero el tema es saber como hacer la notificación en el tablón de anuncios, con que contenido. ¿usando datos que pueden ser accesibles a todos por el registro? como su nombre, piso, etc... ¿pero que pasa cuando decimos que fulanito es moroso y debe una cantidad concreta? eso no es un dato publico, y es ahí donde entiendo que puede estar el problema.

¿Como y con que datos se debería hacer la notificación al moroso en el tablón de anuncios?

Hablándolo con algún administrador de fincas, son muy reticentes en usar el tablón de anuncios para estas medidas por el miedo a que el moroso ponga una demanda a la comunidad y le termine costando el dinero a ésta.
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scorpyo
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Registrado: 09-07-2009
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MensajePublicado: 11-07-2012 16:45    Asunto: Responder citando

Para poder insertar en el tablón de anuncios:
Primero se ha celebrado una junta, y se ha elaborado un acta, si nó hay domicilio para notificaciones, se le envia al domicilio del que es deudor, ósea a vuestro edificio, eso sí, se le envia certificado ó burofax, el cartero intentará entregarlo, pero al no conseguirlo emitirá un certificado como que no ha encontrado al destinatario, todo eso lleva un tiempo, cuando tengais ese certificado devuelto, teneis que hacer un escrito como que no ha podido ser entregado en tiempo y forma (para eso teneis el certificado) es entonces cuando lo podeis poner en el tablón de anuncios durante tres dias, junto con el acta en la que se hace la liquidación de deuda, es a partir de ese momento cuando empieza la demanda.

Lo mejor seria que esa carta la redactara un abogado ó un administrador, ¿no teneis administrador?
Los administradores no tienen que ser reticentes a la hora de hacer ese escrito si todo está en regla, pues es totalmente legal hacerlo.
Un saludo
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Sotavento
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MensajePublicado: 11-07-2012 16:48    Asunto: Responder citando

Alvaro:
Es que también mira en qué lío puede meter a una Comunidad de Propietarios un inepto o unas malas gestiones por el administrador o presidente. Primero hay que dialogar, demostrar la deuda o el impago. La morosidad es una cosa fuerte que se le puede imputar a cualquiera pero puede salir mal el efecto y porque tal vez no existe ni moroso ni el sambenito que se le puede colgar a cualquiera.
Aunque veo más grave escribirlo en un Libro de Actas ya sellado y legalizado que en un tablón de anuncios que se puede quitar la nota en un santiamén.
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Manuel Aresti
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alaell
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Registrado: 29-12-2004
Mensajes: 598

MensajePublicado: 11-07-2012 17:53    Asunto: Responder citando

totalmente de acuerdo con Scorpyo, el tema aquí no es lo que se hace, sino demostrar lo que has intentado hacer sin éxito.....
para poder demostrar que el tablón es la UNICA alternativa que queda, hay que demostrar que primero lo has intentado de otras formas, de ahí la necesidad de enviar con acuse de recibo y que correos certifique la imposibilidad de entrega......con eso basta....si el moroso intenta alegar que no era necesario poner sus datos en el tablón, habrá con qué demostrar que sí era necesario.......y no tiene más vuelta ni complicación, hay que seguir los pasos establecidos y únicamente así no se incurrirá en ilegalidades....

y ojo...manuel...te olvidas un supuesto porque probablemente no te ha surgido jamás pero te lo contaré para que lo archives......te lo contaré poniendome a mi de ejemplo aunque no fui la afectada.....pongamos por caso que yo haya solicitado una orden de alejamiento contra alguien que me acosa, esta persona sabe donde vivo pero no sabe qué piso ya que por precaución en mi buzón no he puesto mi nombre, como esta persona me acosa intenta por todos los medios averiguar en qué piso vivo acudiendo al lugar frecuentemente y colándose en el portal con el cartero por si reune pistas....que conveniente que un día está mi nombre en el tablón de anuncios como morosa, nombre y apellidos y numero de puerta...hale asunto concluído ya sabe de mi a pesar de tener orden de alejamiento y sabiendo además mi puerta más armas con qué acosarme y averiguar aún más datos sobre mi...........

esto nos ocurrió en la comunidad y tuvimos mucha suerte de no ser demandados como comunidad, ya que la administradora omitió el paso de enviar carta con acuse de recibo a la persona afectada antes de publicar alegremente su nombre y numero de puerta y si hubiera querido esta persona perjudicada nos mete en un buen fregado económico y judicial.....como ves, hay supuestos para todo y por eso se establecen leyes para proteger la intimidad de las personas, pues la intimidad de datos no es solo aplicable para cosas comunitarias tiene más alcance, la protección no es para que los demás no sepan que debe dinero, la protección es personal e irrevocable a nivel general, cierto que la señora era morosa, cierto que había que notificarla (que no se hizo correctamente), pero tambien es cierto que una orden judicial de alejamiento contra el tercero que la encontró gracias al tablón de la comunidad también es cosa grave y cierto es que la comunidad a lo tonto expuso públicamente los datos de una persona protegida por el juzgado......claro que, la comunidad no lo sabía sino segurísimo que no lo hubiera hecho, pero como no somos dioses para saberlo todo.....a veces nos equivocamos a lo grande.....

no es tan dificil seguir los pasos establecidos, y unicamente cuando se hayan agotado se recurre al tablón, mientras tanto quien incumple además del moroso su obligación del pago, es la comunidad con la protección de datos.......no suele pasar nada, pero.....puede pasar, y yo lo que digo es, vale, ponerlo en el tablón, pero con conocimiento de causa, es decir, sabiendo las consecuencias de la actuación....sigue los pasos y luego nadie te podrá acusar de incumplirlos.....

además: es tan facil como poner "el vecino propietario del piso tal y cual"...ya él sabe quien es, no hace falta poner su nombre, se puede poner "vecino del primero debe 1000 euros"...el vecino del primero sabe quien es, y los demás propietarios también, lo que no tienen que saberlos son los ajenos a la comunidad y con ponerlo así, queda notificado y sus datos protegidos

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Sotavento
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MensajePublicado: 11-07-2012 18:14    Asunto: Responder citando

Otra vez gracias, Alaell.
Tomo nota, aunque te contaré otro caso. En el portero automático antes los vecinos ponían o no su nombre y apellido o los apellidos del matrimonio. Algunas teclas estaban sin identificación, pero no había el desaguisado de ahora.
Cambiaron el sistema de portero automático y ahora no viene ningún apellido, sino que vienen el piso, puerta, mano, etc.
La puerta ahora está más rato o tiempo, más veces abierta. El vendedor o visitante toca los últimos pisos y funciona viisitando de arriba a abajo... El repartidor de propaganda o publiciadad le da igual tocar cualquier timbre, es más si toca todos; ahorra tiempo y se abre la puerta antes.
El que viene a un piso en concreto, toca el equivocado y encima culpa al propietario del piso de no poner la identificación o de haberle abierto la puerta.
O sea que por mí se puede poner Manuel Aresti en el buzón, en el portero automático, en la mirilla de la puerta, en mi DNI e incluso en el BOE.
¡Jajajajajajaja...!
Así todo la Whitemary me encontraría a pesar del alejamiento...
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Manuel Aresti
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alaell
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MensajePublicado: 11-07-2012 18:46    Asunto: Responder citando

por ti si, y me parece estupendo, lo decides tu.....pero con mis datos lo decido yo y no terceros....es sencillo por otra parte, si no quiero que me ocurra tendré que poner los medios adecuados para que no me ocurra, dar una domicilio de notificaciones si no vivo en el piso deudor..... recoger las cartas y notificaciones que me envían.....procurar no deber para que no tengan que reclamarme.....y si no hay más remedio dar la cara y llegar a un acuerdo antes de que nadie difunda mi privacidad sin mi autorización......si quiero algo me tendré que mover yo para conseguirlo.......si formulas hay muchas, pero la gente luego se queja sin haber hecho nada para evitarlo....

bicos
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MensajePublicado: 11-07-2012 19:05    Asunto: Responder citando

Claro que sí, Alaell.
Pero yo vivo en una planta baja y me fastidia que a la Comunidad y al Administrador les dé la taranta y me pongan como primer piso... Y todo por el programa informático que no lo tiene actualizado el susodicho. A mí no me importa que me detecte el cartero cuando entra en el portal y trae una carta certificada o cuando me traen un ramo de flores para mi contraria...
Otro beso.

alaell escribió:
por ti si, y me parece estupendo, lo decides tu.....pero con mis datos lo decido yo y no terceros....es sencillo por otra parte, si no quiero que me ocurra tendré que poner los medios adecuados para que no me ocurra, dar una domicilio de notificaciones si no vivo en el piso deudor..... recoger las cartas y notificaciones que me envían.....procurar no deber para que no tengan que reclamarme.....y si no hay más remedio dar la cara y llegar a un acuerdo antes de que nadie difunda mi privacidad sin mi autorización......si quiero algo me tendré que mover yo para conseguirlo.......si formulas hay muchas, pero la gente luego se queja sin haber hecho nada para evitarlo....

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Manuel Aresti
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MensajePublicado: 11-07-2012 19:09    Asunto: Responder citando

Sotavento escribió:
..... cuando me traen un ramo de flores para mi contraria...
Otro beso.



jajajaja.....TU debes traer el ramo de flores para tu complementaria, y tu ya sabes donde vives!
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ah, y en tu DNI ya pone tu nombre no hace falta que te lo pongan otra vez jejeje
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Sotavento
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MensajePublicado: 11-07-2012 19:18    Asunto: Responder citando

¡Qué va mujer!
¿Sabes qué me pasa? Que tengo múltiples personalidades y a veces eso le llaman Trastorno Tripolar, creo. Tengo una amiga psiquiatra que puede clavarme muchísimos numeritos del DSM-V.
Voy a salir de casa, reunión de Comunidad de Propietarios.
¡Jajajajajaja...! Y no sé qué papel adoptar.

alaell escribió:
Sotavento escribió:
..... cuando me traen un ramo de flores para mi contraria...
Otro beso.



jajajaja.....TU debes traer el ramo de flores para tu complementaria, y tu ya sabes donde vives!
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ah, y en tu DNI ya pone tu nombre no hace falta que te lo pongan otra vez jejeje

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