En mi comunidad, 44 vecinos, hay instalados 3 equipos de aire acondicionado en zona comunitaria, sobre unos tejadillos del 10 piso.
Les dejo un par de imágenes de las instalaciones.
Al parecer la comunidad permitió verbalmente y como agradecimiento, la instalación de uno de ellos, debido a que el propietario les había hecho trabajos de reforma a muchos de ellos. Más tarde se sumaron curiosamente dos más, instalados por la misma persona y sin permiso alguno a la comunidad.
En 2005 se determinó en junta que la única ubicación posible para la instalación de los compresores era dentro de la vivienda de cada uno, puesto que no disponemos de patios interiores, ni balcones, ni otra posible, y por tanto, que las compresores instalados sobre el tejadillo, fueran retirados.
Se le fué enviada una primera carta en la que se les solicitaba que los retirasen, pero al cambio de presidente se dejó sin seguimiento el asunto.
A fecha de hoy una de las viviendas hasta ha ampliado su equipo.
Cabe decir que la finca está rodeada de un jardín privado pero desde la calle se pueden observar los equipos.
En este punto nos encontramos algunos vecinos que tenemos intención de colocar aire acondicionado en la vivienda y consideramos que debemos ser todos iguales para lo cual nos encontramos ante estas tres disyuntivas.
1.- Colocar nuestros aires acondicionados utilizando los elementos comunes (fachadas) al igual que lo están los ya instalados, aludiendo al consentimiento tácito que la comunidad ha tenido para cada uno de los aparatos instalados. lógicamente teniendo en cuenta y asumiendo que el ayuntamiento nos los hiciera retirar y multar A TODOS los que estén incumpliendo la normativa actual.
2.-Denunciar a los vecinos que están incumpliendo los acuerdos alcanzados en junta, aunque de esta hayan pasado ya 7 años y la cual no sabemos si fructificaría debido al tiempo transcurrido.
3.-Olvidarnos de los instalados e instalar los nuestros dentro de casa con la molestia que eso genera aunque con ello se esté desvirtuando el precepto de igualdad entre todos los vecinos.
Necesitaríamos de sus conocimientos y ayuda para solventar este conflicto en el que nos hayamos inmersos.
Muchas gracias.
Ultima edición por nisus el 20-07-2012 20:43, editado 1 vez
Sólo exponer que algunos no tienen tantas opciones, tres, son muchas, así que les toca mover ficha teniendo claro que la única opción que no les va a suponer problemas añadidos en el futuro por posibles irregularidades es la de hacerlo todo legal. _________________ caminante no hay camino se hace camino al andar
Los aires acondicionados en liza, llevan colocados bastante años, los propietarios pueden alegar que existe un permiso tácito dado que si durante todo el tiempo que llevan colocados, nadie les ha apercibido de ello, o si les han apercibido no se ha seguido hasta hacer que se quiten, el único que puede hacer que se cumpla la ley y sean retirados, es el ayuntamiento en cuestión.
Si no existe intención de denunciarlos desde que fueron instalados por los 40 vecinos restantes durante todo ese tiempo, quien puede impedirlo, que no sea el ayuntamiento? Y si se coloca, que poder tiene la comunidad de vecinos en hacer que se quite el último instalado?.
Según me ha parecido leer, en ese caso, teniendo en cuenta que ya hay otros aparatos instalados en la fachada, alterando elementos comunes y el edificio ya no tiene ninguna estética que guardar, la Jurisprudencia viene interpretando que si ya hay otros aparatos instalados, y el que se va a instalar es de similares características a los instalados, aunque hubiera sido sin permiso, y ya llevan años, se podría decir que la instalación está consolidada y que la Comunidad ha otorgado su consentimiento tácitamente y ya no podrán obligar a retirarlos.
En caso que no se permita o se indique su retirada por parte de la comunidad de vecinos de la finca, se estará concurriendo en abuso de derecho y suponiendo un agravio comparativo hacia la persona, al negarle la posibilidad de disponer de los mismos derechos que diferentes propietarios otorgan tener.
Por un lado, personalmente si no tuviera que hacer dicha instalación, optaría por la denuncia al ayuntamiento, pero en el caso de querer realizarla, tal vez, lo pondría en conocimiento de la comunidad y lo haría.
Después, el ayuntamiento en cuestión, ya sería el encargado de hacerlo retirar si hubiera denuncia, con lo cual no solo tendría que ser retirado, y posiblemente todos los que incumpliesen la normativa vigente.
Me gustaría poder colocar el aparato de aire acondicionado, como he comentado, la comunidad no está por denunciar a los que ya lo tienen instalado utilizando los elementos comunes del edificio y por no existir, no tenemos otra opción que o incumplir la normativa del ayuntamiento o instalarlo en el interior de la vivienda.
Hola de nuevo, necesito de sus conocimientos. Como creo les comenté, que en 2005 se introdujo en acta que el único sitio posible para colocarlo era en la galeria por el interior de la vivienda y asimismo, en la misma, se acordó que quien lo estuviera incumpliendo debería regularizar su situación. A fecha de hoy, siguen colocados y aunque no es mi intención molestar a los que lo tienen, si es cierto que todos pagamos lo mismo y tenemos los mismos derechos y deberes en la comunidad.
Aunque sé que el ayuntamiento podría hacerlos retirar si se les denuncia, también entiendo, porque lo padezco, que es necesario el Aire Acondicionado en estos pisos, puesto que es casi inhumano vivir aquí dentro con esta calor. Muchos de los que hoy por hoy lo tienen dentro de casa, con el consiguiente ruido y calor que desprende, una vez sondeados, reconocen que si se pudiera poner fuera, lo harían.
De hecho, lo que no entiendo es como a fecha de hoy y habiendo necesidades y muchos aires acondicionados colgando de muchos edificios, como no lo regulan la normativa para que siguiendo unas directrices de instalación y seguridad pudieran ponerse.
De la misma forma, me gustaría preguntarles que..., que hay de cierto en algo que me ha parecido leer, que si la comunidad en su mayoría se pusiera de acuerdo, podría solicitar al Ayuntamiento, previo estudio por parte del mismo y pagado por la comunidad, de permiso para la instalación individual de forma colectiva, ubicando todos los aparatos en una misma vertical en la fachada de forma que afectasen de la menor forma posible a la estética del edificio, (que por otra parte, en este caso ya no hay estética que guardar), en caso de no haber un lugar que contemple la normativa.
Quedo a la espera vuestra ayuda, agradeciendo la lectura y el tiempo dedicado.
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