define porfavor remanente.....pues no suele haber remanente en las comunidades si las cosas se hacen bien.....
lo que hay en la cuenta de la comunidad es de la comunidad no de los propietarios.....
Igual me he expresado mal. Con remanente quería decir el saldo que hay en la cuenta de la comunidad. El propietario que vende, pide "su parte" al irse y no tenemos tan claro que le pertenezca nada a título individual.
es que no le pertenece, el dinero es de la comunidad.....
o yo no entiendo qué quieres decir......
a ver, lo que tiene que pagar cada uno se basa en un presupuesto anual, en ese presupuesto se hace estimación de los gastos que se producirán y se añade un 5% del total que se halle como fondo de reserva para imprevistos (se puede contratar un seguro comunitario pagándolo de ese 5%).....esto da un importe total a ingresar en la comunidad anualmente, se divide por cuotas o a partes iguales (según como lo tengais acordado), y se divide entre 12 meses, esa es la cuota mensual de cada propietario....
puede ocurrir que en un año no se llegue a gastar todo porque el presupuesto es estimado para cubrir gastos (otros años no llegará el dinero), pero ese dinero se acordó en reunión y se ingresó a la cuenta comunitaria, el dinero es de la comunidad, no se le devuelve a ningún propietario ya que no es suyo, queda en fondos y sirve para que el año que viene no haya que poner tanto dinero por ejemplo, pero nunca he oído que se devuelva nada a los propietarios, pues en el caso que indicas, si le devuelves a uno porque vende su piso, lo lógico es devolverle a todo el mundo su parte, la comunidad quedaría a cero a final de año y el año siguiente empieza el año sin fondos......hasta que se acuerde el nuevo presupuesto.....no se devuelve nada, o por lo menos que yo sepa, no se debería.....luego las comunidades cada cual hace sus aventuras con sus cuentas.....
LPH:
Artículo 9.
1. Son obligaciones de cada propietario:......
e) Contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización.
f) Contribuir, con arreglo a su respectiva cuota de participación, a la dotación del fondo de reserva que existirá en la comunidad de propietarios para atender las obras de conservación y reparación de la finca.
El fondo de reserva, cuya titularidad corresponde a todos los efectos a la comunidad, estará dotado con una cantidad que en ningún caso podrá ser inferior al 5 por 100 de su último presupuesto ordinario.
Con cargo al fondo de reserva la comunidad podrá suscribir un contrato de seguro que cubra los daños causados en la finca o bien concluir un contrato de mantenimiento permanente del inmueble y sus instalaciones generales.
.....es dinero común, no es de ningún propietario y a la vez de todos....es como digamos la escalera, no es propiedad exclusiva de ninguno y a la vez es propiedad común de todos, lo mismo ocurre con el dinero de la cuenta bancaria de la comunidad.....
y si el propietario que vende su piso pide su parte, que la pida judicialmente a ver si un juez se la da..... es que por pedir que no quede eh.....a no ser que haya pagado todo el año por adelantado, eso sería otro tema, el propietario está obligado a hacer frente a los gastos comunes mientras sea propietario, en el momento que vende ya no es su obligación........por tanto si ha pagado todo el año junto y vende en agosto, entonces sí se le devolvería la parte correspondiente de agosto a diciembre (pagado por adelantado) ya que corresponde al nuevo propietario y no el que vende......
ahora que mientras el propietario vaya pagando mes a mes y esté al día no puede reclamar un dinero no gastado ya que las cuentas fueron acordadas en las cantidades que fueron y si no estaba de acuerdo que las impugnara en su momento......únicamente le corresponde si ha pagado por adelantado los meses que ya no es propietario......ahora, repito, por pedir que no quede eh....
el tema está en que la propietaria nos dice que lo vende a finales de Julio, las cuotas son trimestrales y la última cuota se pasó a cobro a primeros de Julio para todo el 3er trimestre (Julio-Agosto-Septiembre).
entonces, se le tiene que devolver los dos meses que no va a estar (Agosto y Septiembre)? O tiene que llegar a un acuerdo con el comprador para que le abone el importe de esos 2 meses?
Uds. llevan las cuentas a la antigua, por eso hay remanentes.
Cosa no habitual hoy en día, que se basa en presupuesto anual más fondo de reserva, y no tiene que faltar ni sobrar nada. Solo el 5% del gastos ordinarios del año anterior, es lo que debe quedar en caja.
pues sí pasaceroIII...somos una comunidad pequeña (7 co-propietarios) y los primeros años nos llevaba las cuentas un (mal) administrador de fincas y siempre estábamos en números rojos....fue llevar las cuentas entre nosotros y estar con superávit siempre, que nunca está de más por lo que pudiera venir....
entonces si, entiendo que si ha pagado julio-agosto-septiembre porque el sistema que teneis pasa por pagar trimestralmente y no mes a mes por ejemplo...entonces se le devolvería la parte proporcional, es decir el importe correspondiente a las fechas que ya no es propietario, y esta cuota deberá ingresarla el nuevo propietario.....
por otra parte, si entre ellos (vendedor y comprador), llegan al acuerdo de que el comprador le abona al vendedor los dos meses que pagó demás, pues supongo que allá ellos y bien acordado está, sin embargo, yo diría que es mejor que se le devuelva al viejo propietario lo que ha pagado demás, y el nuevo que haga el ingreso ya que así quedará reflejado el ingreso a su nombre, así empezará su andadura como propietario sin ninguna duda posterior de quien pagó qué......pero si ellos lo acuerdan entre ellos eso no afecta a la comunidad supongo......únicamente la comunidad deberá devolver las cuotas adelantadas al viejo propietario en su caso y el nuevo deberá ingresarlas como es su obligación en el momento de convertirse en propietario y parte de la comunidad
fue llevar las cuentas entre nosotros y estar con superávit siempre, que nunca está de más por lo que pudiera venir....
Me parece muy bien, cada comunidad se administra como quieren sus comuneros, pero tenga en cuenta, que en cualquier momento, alguien puede exigir que se cumpla la ley, y no tiene por que contribuir en exceso a la comunidad, y exigir que se confeccionen presupuestos ciñéndose a ellos, y mas en estos tiempos.
Tenga en cuenta que un remanente excesivo en una cuenta comunitaria, origina gastos bancarios, y 0 intereses. El dinero en las cuentas particulares, cada cual invierte como le interese. Tener dinero como Uds lo tienen perjudica a todos.
gracias de nuevo! es lo que dicta el sentido común...aunque muchas veces ya sabemos que las leyes no se rigen por el sentido común precisamente...un saludo!
alaell escribió:
entonces si, entiendo que si ha pagado julio-agosto-septiembre porque el sistema que teneis pasa por pagar trimestralmente y no mes a mes por ejemplo...entonces se le devolvería la parte proporcional, es decir el importe correspondiente a las fechas que ya no es propietario, y esta cuota deberá ingresarla el nuevo propietario.....
por otra parte, si entre ellos (vendedor y comprador), llegan al acuerdo de que el comprador le abona al vendedor los dos meses que pagó demás, pues supongo que allá ellos y bien acordado está, sin embargo, yo diría que es mejor que se le devuelva al viejo propietario lo que ha pagado demás, y el nuevo que haga el ingreso ya que así quedará reflejado el ingreso a su nombre, así empezará su andadura como propietario sin ninguna duda posterior de quien pagó qué......pero si ellos lo acuerdan entre ellos eso no afecta a la comunidad supongo......únicamente la comunidad deberá devolver las cuotas adelantadas al viejo propietario en su caso y el nuevo deberá ingresarlas como es su obligación en el momento de convertirse en propietario y parte de la comunidad
Pues también tienes razón...Ya habíamos pensado en ajustar futuros presupuestos. Un saludo
pasaceroIII escribió:
aritjols escribió:
fue llevar las cuentas entre nosotros y estar con superávit siempre, que nunca está de más por lo que pudiera venir....
Me parece muy bien, cada comunidad se administra como quieren sus comuneros, pero tenga en cuenta, que en cualquier momento, alguien puede exigir que se cumpla la ley, y no tiene por que contribuir en exceso a la comunidad, y exigir que se confeccionen presupuestos ciñéndose a ellos, y mas en estos tiempos.
Tenga en cuenta que un remanente excesivo en una cuenta comunitaria, origina gastos bancarios, y 0 intereses. El dinero en las cuentas particulares, cada cual invierte como le interese. Tener dinero como Uds lo tienen perjudica a todos.
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