Publicado: 21-11-2017 16:02Asunto: Buzones de correo en Portal de Entrada
Un nuevo propietario de un local comercial reclama a la Comunidad para que se le permita instalar un buzón de correos en el portal de entrada y junto al resto de los buzones de propietarios.
-Los Estatutos no dicen nada al respecto.
-Por razón de su actividad el propietario del local comercial se encuentra ausente con regularidad.
-El casillero de buzones actual consta de un buzón por cada propietario de vivienda más otro para la Comunidad y otro más para devoluciones.
El solicitente se basa en lo siguiente:
1º)Ley 38/1999, de 5 de Noviembre, de Ordenación de la Edificación:
Art. 3 Requisitos básicos de la edificación
......
a) Relativos a la funcionalidad:
a.4) "Facilitación para el acceso de los servicios postales, mediante la dotación de las instalaciones apropiadas para la entrega de los envíos postales, según lo dispuesto en su normativa específica."
2º) La normativa especifica que regula y desarrolla los servicios postales es el Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales que establece en su art. Artículo 34.- Entrega de envíos postales mediante depósito en casilleros domiciliarios.
.........
"2. En aquellos inmuebles sujetos al régimen de propiedad horizontal se podrá hacer la entrega en los casilleros domiciliarios siempre que su número sea igual al de locales y viviendas susceptibles de aprovechamiento independiente, con otro más señalizado con el número 1 y reservado para las devoluciones de envíos postales."
Los casilleros domiciliarios deberán estar numerados, a partir del número 2, debiendo situarse correlativamente a contar de izquierda a derecha y de arriba abajo, ordenados por pisos y puertas. Estos datos se indicarán obligatoriamente en el casillero, pudiendo también figurar los nombres y apellidos de los residentes en la vivienda o la denominación social en caso de ser una persona jurídica el titular del local o vivienda.
Aparentemente el propietario del local tiene razón, pero hay algunos vecinos reticentes.
¿Alguno conoce algún caso similar? Solicito opinión o experiencia sobre el tema.
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